Régimen de Correlatividades

El cursado y aprobación de un Plan de Estudios está regido por un Régimen de Correlatividades. El Régimen de Correlatividades establece que para cursar y acreditar una asignatura, deben cumplimentarse los requisitos estipulados en dicho Régimen. El actual régimen está establecido por RSC-2023-52216278-GDEBA-DGCYE de fecha 2/11/23.

Al momento de inscribirse para cursar una asignatura, todas aquellas que sean correlativas de la misma deben estar con cursada regularizada. Lo mismo sucede con los exámenes finales; al momento de rendir un examen final, todas las asignaturas correlativas de la misma deben estar acreditadas (la única excepción a esto es Campo de la Práctica que para cursar deben estar acreditadas).

Se denomina “Cursada Regularizada o Aprobada” a aquellas asignaturas en las que han aprobado la cursada aunque tengan el final pendiente. Se denomina “Asignatura Acreditada” a aquellas asignaturas en las que han aprobado el examen final o están aprobadas por otras instancias (Equivalencia o Libre).

Es importante que el estudiante se informe sobre el Régimen de Correlatividades para ir planeando los tiempos relativos a las materias que curse o que deba rendir.

Preguntas Frecuentes:

 

¿Cómo entiendo el cuadro de correlatividades?

Por ejemplo: Si quiero cursar “Psicología del Desarrollo y del Aprendizaje II” debo tener la cursada regularizada de “Psicología del Desarrollo y del Aprendizaje I”. Si quiero rendir el examen final de “Psicología del Desarrollo y del Aprendizaje II” debo tener acreditada la asignatura “Psicología del Desarrollo y del Aprendizaje I”

¿Para todas las materias de este cuadro es así? ¿Puedo cursar campo si adeudo el final de una correlativa?

NO. Las materias de “Campo de la Práctica Docente” son las únicas que, para cursarlas deben tener acreditadas todas las correlativas.

¿Y las materias que no figuran en el recuadro?

Toda Asignatura que no figure en el siguiente cuadro no tiene correlatividad con otra asignaturas.

Si una materia de 3º que tiene correlativa una de 2º y, a su vez, la de 2º tiene una de 1º ¿Puedo cursar la de tercero si tengo cursada la de 2º y la de 1º pero adeudo el final de ambas?

NO. Para cursar la de 3º puede adeudar el final de la de 2º pero debe tener acreditada la de 1º.

Una materia de 3º que tiene correlativa una de 2º y ya cursé ambas pero adeudo los dos finales. Si en las fechas para rendir el final la de 2º está antes la de 3º ¿Las puedo rendir en dicho orden?

NO. Se pueden aceptar las inscripciones a la mesa de ambas materias pero la posibilidad de rendir la de 3º está condicionada a haber acreditado la de 2º, aún en las situaciones en donde esto suceda en el mismo día. No se puede rendir un final si no tiene acreditada la materia correlativa sin excepción.

¿Por qué figura la Aptitud fonoaudiológica como correlativa del Campo de la Práctica de 2º, 3º y 4º año? ¿Es una materia?

La Aptitud fonoaudiológica es un requisito obligatorio para la obtención del título pero no es una materia. El proceso de verificación y certificación de la aptitud fonoaudiológica comienza en primer año. Dado que a partir de 2do año comienzan las prácticas en campo es un requisito obligatorio para cursar las asignaturas de Campo de la Práctica de 2º, 3º y 4º año.

¿Puedo cursar en forma presencial si me inscribo a rendir una materia en condición de LIBRE?

Existe la condición de oyente en las materias pero debe ser autorizada por dirección mediante solicitud escrita del estudiante.

¿Todas las materias las puedo rendir en condición de LIBRE?

NO. Los dos Talleres de Primer año y las cuatro asignaturas de Campo de la Práctica no se pueden rendir en condición de LIBRE. Aun así, por ciclo lectivo, se pueden solicitar hasta tres materias para rendir en dicha condición (dependiendo de la cantidad de materias en las cuales está inscripto para cursar).-

¿Cuándo son las mesas de examen para rendir en condición de LIBRE una materia?

Las asignaturas pueden rendirse en condición de libre únicamente en los llamados de Noviembre-Diciembre y Febrero-Marzo. No existen las mesas en condición de libre para Julio-Agosto. Por otro lado hay que tener presente que, para inscribirse en dicha condición se hace ÚNICAMENTE a inicio de ciclo lectivo cuando comienzan las cursadas regulares de las materias.


Cuadro de Correlatividades SAFYD 2024.pdf